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3.6. La participación del oyente en los espacios informativos

El oyente tiene formas diferentes para acceder a RNE. Como miembros de asociaciones o grupos, su acceso se regirá por las Directrices básicas del Derecho de Acceso, que considera legitimados para el ejercicio de este derecho a aquellos grupos sociales y políticos significativos que acrediten personalidad jurídica y representatividad social.

Como particular, el oyente podrá participar en aquellos programas donde se pida su intervención a través de los procedimientos que en cada caso se determinen (teléfono, correo electrónico, sms, etc.)

El responsable de cada espacio velará para que la libre expresión de las ideas no vulnere los principios garantizados por la Constitución ni derechos fundamentales de terceros. Regulará el acceso mediante normas que garanticen el cumplimiento de las normas básicas de educación, sentido común y civismo. Asimismo, deberá retirar el uso de la palabra a quien se exprese con insultos y términos soeces.