1.1.2. Información y opinión. Espacios de opinión
Opinión e información deben estar claramente delimitadas[1]. Se observará siempre una clara distinción entre los hechos y las opiniones, evitando toda confusión entre ambas cosas, así como la difusión de conjeturas y rumores sin especificar claramente su condición de tales.[2] Todas las opiniones y valoraciones que ofrezca RTVE deben estar claramente identificadas y diferenciadas del relato de los hechos. Este criterio es aplicable no solo a los espacios puramente informativos sino a todos aquellos en los que participen espectadores, oyentes y/o usuarios de medios interactivos.
La Corporación RTVE y sus profesionales no adoptarán posicionamiento ideológico más allá de la defensa de los valores constitucionales[3].
Espacios de opinión
RTVE habilitará en sus distintos medios espacios de opinión y debate en los que se reflejará la expresión plural y equilibrada de las distintas opiniones en torno a los asuntos de interés social. Los puntos de vista que se incluyan vendrán delimitados por la representación institucional, social o económica de los testimonios y por el interés informativo.[4] Cuando una o más partes invitadas declinen su participación en un espacio de opinión se informará de ello a la audiencia.
En estos espacios, los profesionales de RTVE evitarán cualquier tipo de posicionamiento y estarán obligados a mantener una actitud neutral y que favorezca un debate enriquecedor para el ciudadano.
En aquellos espacios creados en cumplimiento del Derecho de Acceso de los grupos sociales y políticos significativos a la programación de RTVE, los profesionales de RTVE están obligados a utilizar los recursos oportunos en cada situación para no contribuir a difundir contenidos contrarios a los valores y principios constitucionales o que vulneren derechos fundamentales de terceros.[5] La misma obligación es aplicable a los profesionales de RTVE que conduzcan o moderen espacios de participación ciudadana.
La libertad de expresión no ampara en ninguna circunstancia el uso de expresiones insultantes, insinuaciones insidiosas, injuriosas o vejatorias.
Los colaboradores que presten sus servicios a RNE, TVE y rtve.es deberán tener presente el cumplimiento del Estatuto de Información y de este Manual de Estilo.
[1] Principios Básicos de Programación.
[2] Artículo 9.1.Estatuto de Información de la Corporación RTVE.
[3] Artículo 10-b Mandato-marco
[4] Artículo 10-c Mandato Marco
[5] Directrices básicas del Derecho de Acceso